Requisitos de la factura. Para efectos tributarios, las facturas a que se refiere el artículo anterior, deberán contener: a) Apellidos y nombres o razón social y número de identificación tributaria del vendedor o de quien presta el servicio. b) Número y fecha de la factura. c) Descripción especifica o genérica de los artículos vendidos o servicios prestados. d) Valor total de la operación. e) En el caso de los responsables del impuesto sobre las ventas, distintos de los que se encuentren dentro del régimen simplificado, la discriminación del correspondiente impuesto sobre las ventas cuando el adquirente sea un responsable y así lo solicite al vendedor. En este caso, además deberá identificarse el adquirente.
Decreto 2503 de 1987 →In force
Article 24
Decreto 2503 de 1987 · por el cual se dictan normas para el efectivo control, recaudo, cobro, determinación y discusión de impuestos que administra la Dirección General de Impuestos Nacionales.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.