º. La programación de televisión se define según su origen y su carácter y modalidad. El Consejo Nacional de Televisión clasificará la programación de televisión según su origen, en nacional y extranjera. Inravisión verificará anualmente que por lo menos el sesenta por ciento (60%) del tiempo total de la programación que presente cada concesionario corresponda a programas de origen nacional. El incumplimiento de tal obligación dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en los respectivos contratos por violación de las disposiciones legales. El Consejo Nacional de Televisión clasificará la programación de televisión, según su carácter y modalidad.
Decreto 772 de 1994 →In force
Article 4
º
Decreto 772 de 1994 · Por el cual se reglamenta la Ley 14 de 1991 y se dictan otras disposiciones
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.