°. De conformidad con lo dispuesto por las Leyes 29 de 1953, 26 de 1904 y 20 de 1946, subsisten para los Departamentos y Municipios las siguientes prohibiciones: 1 "La de imponer gravámenes de ninguna clase o denominación a la producción primaria, agrícola o ganadera, ni a los establecimientos, actividades o elementos destinados a la misma; 2 " La de imponer gravámenes de ninguna clase o denominación al tránsito de productos alimenticios de primera necesidad; 3 "La de gravar, sin previa aprobación legal, en forma alguna, los artículos de producción nacional destinados a la exportación; 4 "La de gravar las Zonas Francas Industriales constituidas o que se constituyan como establecimientos públicos.
Article 1
De Conformidad Con Lo Dispuesto Por Las Leyes 29 De 1953, 26 De 1904 Y 20 De 1946, Subsisten Para Los Departamentos Y Municipios Las Siguientes Prohibiciones: 1 "la De Imponer Gravámenes De Ninguna Clase O Denominación A La Producción Primaria, Agrícola O Ganadera, Ni A Los Establecimientos, Actividades O Elementos Destinados A La Misma; 2 " La De Imponer Gravámenes De Ninguna Clase O Denominación Al Tránsito De Productos Alimenticios De Primera Necesidad; 3 "la De Gravar, Sin Previa Aprobación Legal, En Forma Alguna, Los Artículos De Producción Nacional Destinados A La Exportación; 4 "la De Gravar Las Zonas Francas Industriales Constituidas O Que Se Constituyan Como Establecimientos Públicos
Decreto 84 de 1964 · Por el cual se reglamentan los artículos 3º y 4º de la Ley 29 de 1963
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.