Estudios mineros. Conforme el artículo 351 de la Ley 2294 de 2023, las entidades adscritas o vinculadas al Ministerio de Minas y Energía destinarán recursos económicos, humanos o tecnológicos necesarios para apoyar su elaboración y brindar el acompañamiento, la asistencia técnica y el suministro de información para adelantar estudios técnicos para realizar las actividades de exploración o explotación de recursos mineros en zonas mineras de comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras. Lo anterior, siempre que se trate de actividades mineras de pequeña escala realizadas exclusiva y directamente por comunidades negras en los territorios previstos en el presente reglamento. Para estos efectos se dará aplicación especial al artículo 2.2.5.11.6.1., Línea Especial para comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras en el Fondo de Fomento Minero.
Decreto 1073 de 2015 →In force
Article 2.2.5.11.3.4
Estudios Mineros
Decreto 1073 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.