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Article 10

Decreto 3149 de 2006 · por el cual se dictan disposiciones sobre la comercialización, transporte, sacrificio de ganado bovino y bufalino y expendio de carne en el territorio nacional.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Requisitos . Los requisitos para el embarque y movilización, transporte terrestre, fluvial o marítimo de ganado en el territorio nacional serán los siguientes: Bono de Venta, Guía de Transporte Ganadero, Certificado de Embarque, Licencia Sanitaria de Movilización expedida por el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, o por la Organización Gremial Ganadera, según el caso y manifiesto de carga expedido únicamente por la empresa de transporte legalmente constituida y registrada, cuando sea del caso.

Parágrafo 1

El Certificado de Embarque y Transporte será emitido por la Organización Gremial Ganadera habilitada de conformidad con el artículo 9º del presente decreto. Las condiciones y forma de expedición serán determinadas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los noventa (90) días siguientes a la vigencia del presente decreto.

Parágrafo 2

En aquellas localidades del país donde no exista Organización Gremial Ganadera, la función de expedición de los certificados de embarque estará a cargo de la Alcaldía del municipio respectivo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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