ARTICULO 74. En las instituciones de educación, los salarios, primas y demás emolumentos laborales de los profesores de hora cátedra, sólo podrán cancelarse por el rubro de hora cátedra. 3 170 SENTENCIAS SENTENCIAS A CARGO DE LA NACION Corresponden a este rubro, solamente, las sentencias judiciales, conciliaciones administrativas y laudos arbitrales debidamente ejecutoriados que se hayan proferido contra la Nación y los cuales deben reconocerse y pagarse en los términos previstos en el artículo 16 de la Ley 38 de 1989 y demás normas concordantes. Por este rubro no podrá reconocerse ni pagarse lo ordenado en fallos de tutela, los cuales se cancelarán con el presupuesto de la Sección presupuestal correspondiente al Organo que le competía defender los intereses de la Nación, y serán imputables al rubro que corresponda a la naturaleza del negocio fallado. SENTENCIAS JUDICIALES Los establecimientos públicos deberán atender las providencias que se profieran en su contra, en primer lugar con recursos propios. 4 000 GASTOS DE OPERACION COMERCIAL Son gastos de operación comercial los que realizan las entidades para adquisición de bienes y servicios destinados a la comercialización. 5 000 SERVICIO DE LA DEUDA EXTERNA 6 000 SERVICIO DE LA DEUDA INTERNA Los gastos por concepto del servicio de la deuda pública tanto interna como externa tienen por objeto atender el cumplimiento de las obligaciones contractuales correspondientes al pago de capital, los intereses, las comisiones, y los imprevistos originados en operaciones de crédito público que incluyen los gastos necesarios para la consecución de los créditos externos, realizadas conforme a la ley. Los rendimientos que devenguen los títulos de Tesorería dase “A” y “B” se atenderán con cargo al Presupuesto Nacional,
Decreto 2660 de 1993 →In force
Article 74
En Las Instituciones De Educación, Los Salarios, Primas Y Demás Emolumentos Laborales De Los Profesores De Hora Cátedra, Sólo Podrán Cancelarse Por El Rubro De Hora Cátedra
Decreto 2660 de 1993 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1994, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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