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Article 1

º Exceptúanse De Lo Dispuesto En El Inciso Primero Del Artículo 2º Del Decreto 2681 De 1993 Los Créditos De Proveedores, Los Cuales Se Celebrarán A Nombre De Las Entidades Estatales Allí Mencionadas, Con Sujeción A Lo Dispuesto En Los Artículos 10 Y 11 Del Citado Decreto Para Los Empréstitos De Las Entidades Descentralizadas Del Orden Nacional Y Sin Perjuicio De Lo Establecido En El Parágrafo Del Artículo 17 Del Mismo Decreto

Decreto 95 de 1994 · por el cual se modifica parcialmente el artículo 2º del Decreto 2681 de diciembre 29 de 1993.

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01

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º Exceptúanse de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 2º del Decreto 2681 de 1993 los créditos de proveedores, los cuales se celebrarán a nombre de las entidades estatales allí mencionadas, con sujeción a lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del citado Decreto para los empréstitos de las entidades descentralizadas del orden nacional y sin perjuicio de lo establecido en el

Parágrafo

del artículo 17 del mismo Decreto.

02

Constitutional history

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