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Article 50

Vigencia Y Derogatorias

Decreto 2154 de 1993 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 3ª de 1991.

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01

Text of the article

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Vigencia y derogatorias . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y aplica a los Subsidios en relación con los cuales no se haya producido la adjudicación que se preveía en el artículo 33 del Decreto 599 de 1991, en los términos anteriores a lo dispuesto en esta reglamentación. En consecuencia, a partir de su vigencia y respecto de los Subsidios que se rigen por él, cualquier referencia que se haga en ésta y otras normas a las adjudicaciones y a los adjudicatarios, se entenderá que se refiere a las asignaciones y a los postulantes, en los términos del Capítulo V del presente Decreto. Los Subsidios que fueron adjudicados con anterioridad a la publicación del presente Decreto, y así mismo los planes que fueron declarados elegibles, continuarán rigiéndose por las normas contenidas en los Decretos 599 de 1991, 1146 de 1992 y 1273 de 1993. El presente Decreto modifica el

Parágrafo

del artículo 1° del Decreto número 1851 de 1992 y deroga todas las normas que le sean contrarias, en especial los Decretos 599 de 1991, 1146 de 1992 y 1273 de 1993, salvo lo dispuesto en este artículo.

Parágrafo 1

Los hogares que se postularon mediante el procedimiento colectivo de acceso al Subsidio con anterioridad al 27 de octubre de 1993, podrán acceder a un Subsidio Familiar de Vivienda de doscientas sesenta y dos (262) Unidades de Poder Adquisitivo Constante, UPAC, liquidado en moneda legal al momentode ser asignado y mantendrá su valor nominal hasta la fecha de su entrega.

Parágrafo 2

Los hogares que se postularon mediante el procedimiento colectivo de acceso al Subsidio en el período comprendido entre el 27 de octubre de 1993 y el 31 de diciembre de 1993, que deseen aplicar el Subsidio a una solución de vivienda que haga parte de un plan declarado elegible con anterioridad al mencionado período, podrán acceder a un Subsidio de doscientas sesenta y dos (262) Unidades de Poder Adquisitivo Constante, UPAC, liquidado en moneda legal al momento de ser asignado y mantendrá su valor nominal hasta la fecha de su entrega .

02

Constitutional history

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