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Article 94

Profesores Policiales De Quinta Categoría

Decreto 400 de 1992 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 1212 de 1990, Estatuto del Personal de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Profesores policiales de quinta categoría . Para ser escalafonado como profesor de quinta categoría se requiere

a)

Haberse desempeñado por un lapso no inferior a un (1) año, como instructor en un Instituto de Formación, Capacitación o Especialización de la Policía Nacional, y haber dictado un mínimo de trescientas sesenta (360) horas de clase en Institutos Policiales con buenos resultados certificados por el Director del mismo;

b)

Haber realizado, dentro de los dos (2) años inmediatamente anteriores, un curso de capacitación docente con intensidad mínima de noventa (90) horas;

c)

Concepto favorable de su desempeño como docente, expedido por el respectivo Director de la Escuela, de acuerdo con el formato de evaluación que establece el manual de Procedimiento Docente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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