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Article 2.2.7.7.15

Suspendido Provicionalmente

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

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Suspendido provicionalmente.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.7.7.15. Apertura de Pliego de Cargos. Si del informe presentado se con­cluye que hay violación de normas legales o estatutarias, el Jefe de la Sección de Visita­duría de la Superintendencia del Subsidio Familiar, o la dependencia que haga sus veces, dentro de los diez (10) días siguientes correrá pliego de cargos a los presuntos responsa­bles, quienes dispondrán de un término de diez (10) días para presentar los respectivos descargos y las pruebas que pretendan hacer valer.

Recibido los descargos y practicadas las pruebas que se consideren conducentes, el Jefe de la Sección de Visitaduría o quien haga sus veces, rendirá informe evaluativo al Superintendente del Subsidio Familiar, o la dependencia que haga sus veces, dentro de los diez (10) días siguientes, quien dentro de los quince (15) días siguientes tomará las medidas administrativas a que haya lugar, de conformidad con los artículos 13 del Decreto número 2463 de 1981 y 15 de la Ley 25 de 1981 y las normas que los sustituyan, modi­fiquen o adicionen. Si no hubiere mérito para imponer sanciones, ordenará el archivo del expediente.

(Decreto número 341 de 1988, artículo 90)

02

Constitutional history

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