" Articulo 1° La Intendencia procederá, por medio de la Secretaría de Hacienda, a formar el in-rentario de los blones raí eos d# propiedad de Ja Intendencia, y de los Municipios, de la Instrucción y Beneficencia Pública, como también de la Nación . "Dicho inventario irá acompañado de los títulos de propiedad y de los planos correspondientes. Todas los autoridades, nacionales, municipales e Intendenciales, de cualquier, orden, están, en el deber de acoger y cumplir las. instrucciones que sobre la formación del inventario de esos bienes dicto la Intendencia, por conducto do la Secretaría de Hacienda.
Decreto 1574 de 1924 →In force
Article 1
La Intendencia Procederá, Por Medio De La Secretaría De Hacienda, A Formar El In-Rentario De Los Blones Raí Eos D# Propiedad De Ja Intendencia, Y De Los Municipios, De La Instrucción Y Beneficencia Pública, Como También De La Nación
Decreto 1574 de 1924 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 6, dictado por la Intendencia Nacional del Chocó
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01
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02
Constitutional history
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