JurídicoESEN

Article 17

Informe Sobre El Cumplimiento De Los Términos Y Condiciones Del Acuerdo

Decreto 4349 de 2004 · por el cual se reglamenta el parágrafo 2° del artículo 260-2, los artículos 260-3, 260-4, el parágrafo 2° del artículo 260-6, y los artículos 260-8 y 260-9 del Estatuto Tributario.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Informe sobre el Cumplimiento de los Términos y Condiciones del Acuerdo . Simultáneamente con la presentación de la declaración informativa de que trata el artículo 260-8 del Estatuto Tributario, los contribuyentes que hayan celebrado un Acuerdo Anticipado de Precios con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, deberán presentar un informe dirigido al Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en el que se demuestre la conformidad de sus precios de transferencia con las condiciones previstas en el Acuerdo. El informe deberá contener

a)

Tipos de operación a los que ha sido aplicado el Acuerdo, que se hayan realizado en el período impositivo al que se refiere la declaración informativa;

b)

Precios, montos de contraprestación o márgenes de utilidad a los que se han realizado los tipos de operación mencionadas en el literal anterior como resultado de la aplicación del Acuerdo.

c)

Tipos de operación efectuados en el período impositivo similares a aquellos a los que se refiere la propuesta aprobada pero que no están incluidas en el Acuerdo, precios, montos de contraprestación o márgenes de utilidad a los que ellos se hayan realizado y una descripción de las diferencias existentes entre los unos y los otros.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 4349 de 2004