Artículo primero. La importación de los siguientes productos originarios y procedentes de Panamá, pagarán los gravámenes arancelarios que resulten de multiplicar el gravamen aplicable en cada caso a terceros países, por el índice que aparece al frente de cada producto: SUBPARTIDAS COLOMBIA DESCRIPCION PRODUCTO INDICE 2208909000 Bebidas alcohólicas compuestas de ron y cola en envases de aluminio (cuba libre) 0,2 2301201000 Harina de pescado 0,5 3808901000 Raticidas para la venta al por menor de uso doméstico 0,3 3926909090 Esponjas de fibras plásticas para fregar 0,2 4417009000 Palos para trapeador, con herraje de metal o de plástico 0,3 6601910000 Paraguas y/o sombrillas de todo tipo de material (algodón, nylon o cualquier tipo de fibra sintética) 0,2 6601990000 Paraguas y/o sombrillas de todo tipo de material (algodón, nylon o cualquier tipo de fibra sintética) 0,2 7326900090 Cajas mortuorias de hierro o acero 0,3 7612909000 Envases de aluminio, para bebidas gaseosas, cervezas y otras bebidas 0,45 8707909010 Carrocerías para vehículos de transporte de mercancías secas refrigeradas, sin o con aislamiento sin o con unidad de refrigeración 0,25 8707909020 Carrocerías para vehículos de transporte de mercancías secas refrigeradas, sin o con aislamiento sin o con unidad de refrigeración 0,25 8707909090 Carrocerías para vehículos de transporte de mercancías secas refrigeradas, sin o con aislamiento sin o con unidad de refrigeración 0,25
Decreto 2781 de 1994 →In force
Article 1
Decreto 2781 de 1994 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos contraídos por Colombia en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración, Aladi
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.