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Article 1

Decreto 1731 de 2006 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . El Oficial de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional destinado en Comisión para desempeñar las funciones de Jefe de la Casa Militar de la Presidencia de la República, tendrá derecho a percibir, mientras desempeñe estas funciones, la remuneración mensual que por concepto de asignación básica, gastos de representación y prima técnica le corresponda al empleo de Secretario de Presidencia de la República, Código 140 Grado 41 del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. Las primas y subsidios que le correspondan como militar, se liquidarán de conformidad con las disposiciones establecidas para el personal uniformado de las Fuerzas Militares o de Policía Nacional.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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