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Article 4

Serán Funciones Del Comité Nacional Del Tabaco: A) Propender Por La Estabilidad De Los Impuestos Departamentales Sobre El Tabaco, Y Proponer Las Medidas Aconsejables Para El Logro De Tal Objetivo; B) Armonizar Los Intereses De Los Cultivadores De Tabaco Con Los De Los Industriales Manufactureros, Con El Fin De Lograr Precios Equitativos Para La Hoja; C) Colaborar Con El Gobierno En La Formación De Cooperativas De Producción Y Elaboración De Tabaco; D) Estudiar Las Condiciones Del Mercado Internacional De Tabaco, Con Miras A La Exportación Del Producto, Bien Sea En Rama O Elaborado, Y E) Las Demás Que Le Señale El Gobierno

Decreto 1697 de 1942 · Por el cual se crea el Comité Nacional del Tabaco

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01

Text of the article

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°. Serán funciones del Comité Nacional del Tabaco

a)

Propender por la estabilidad de los impuestos departamentales sobre el tabaco, y proponer las medidas aconsejables para el logro de tal objetivo;

b)

Armonizar los intereses de los cultivadores de tabaco con los de los industriales manufactureros, con el fin de lograr precios equitativos para la hoja;

c)

Colaborar con el Gobierno en la formación de Cooperativas de producción y elaboración de tabaco;

d)

Estudiar las condiciones del mercado internacional de tabaco, con miras a la exportación del producto, bien sea en rama o elaborado, y

e)

Las demás que le señale el Gobierno. Comuníquese y publíquese.

02

Constitutional history

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