º. Para los efectos del reconocimiento oficial de los estudios y la expedición de los certificados de competencia y de los títulos normalistas, todos los planteles de orientación pedagógica, tanto oficiales como privados, deberán implantar y cumplir plenamente los planes y programas dictados para esta enseñanza, con la intensidad indicada en el pensum respectivo. Este requisito es indispensable para la aprobación de os estudios de las Normales privadas.
Article 7
Para Los Efectos Del Reconocimiento Oficial De Los Estudios Y La Expedición De Los Certificados De Competencia Y De Los Títulos Normalistas, Todos Los Planteles De Orientación Pedagógica, Tanto Oficiales Como Privados, Deberán Implantar Y Cumplir Plenamente Los Planes Y Programas Dictados Para Esta Enseñanza, Con La Intensidad Indicada En El Pensum Respectivo
Decreto 192 de 1951 · Por el cual se adopta el plan de estudios par los Institutos de Enseñanza Pedagógica, y se dictan otras disposiciones sobre Educación Normalista
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Constitutional history
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