º. Tramite de la Solicitud para la Constitución de una Cadena Radial : Dentro de los términos establecidos en el Código Contencioso Administrativo, o las normas que lo sustituyan, deroguen o modifiquen, el Ministerio de Comunicaciones expedirá el correspondiente acto administrativo, el cual se notificará al concesionario o apoderado autorizado para ello, quien de acuerdo con lo allí resuelto deberá, si a ello hubiere lugar, cancelar dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación, a favor del Fondo de Comunicaciones, una suma equivalente a cien (100) salarios mínimos legales mensuales, vigentes al momento de la solicitud y adjuntar el recibo de pago al Ministerio para que obre en el respectivo expediente.
Decreto 1446 de 1995 →In force
Article 9
º
Decreto 1446 de 1995 · por el cual se clasifica el servicio de Radiodifusión Sonora y se dictan normas sobre el establecimiento, organización y funcionamiento de las cadenas radiales.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.