En atención a lo dispuesto en el artículo 73, Decreto-ley número 164 de 1950, el personal que ha venido trabajando en el extinguido Departamento de Presupuesto y Contabilidad del Ministerio de Hacienda, distinto del de la Pagaduría, la Proveeduría y el Fondo de Fomento Municipal, que al ser incorporado en las dependencias de la Dirección del Presupuesto conserve el nombre del empleo y las mismas asignaciones, no requerirá nueva posesión para continuar en el ejercicio de sus funciones.
Article 11
En Atención A Lo Dispuesto En El Artículo 73, Decreto-Ley Número 164 De 1950, El Personal Que Ha Venido Trabajando En El Extinguido Departamento De Presupuesto Y Contabilidad Del Ministerio De Hacienda, Distinto Del De La Pagaduría, La Proveeduría Y El Fondo De Fomento Municipal, Que Al Ser Incorporado En Las Dependencias De La Dirección Del Presupuesto Conserve El Nombre Del Empleo Y Las Mismas Asignaciones, No Requerirá Nueva Posesión Para Continuar En El Ejercicio De Sus Funciones
Decreto 982 de 1950 · Por el cual se organiza la Dirección del Presupuesto Nacional
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