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Article 8

O

Decreto 78 de 1990 · Por el cual se fija la escala de remuneración de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público, de las Direcciones de Instrucción Criminal, del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

o. A partir del 1° de enero de 1990, el Subsidio de Alimentación para los empleados que perciban una asignación básica mensual igual o inferior a la señalada para el grado 13 en la escala de que trata el artículo 1° de este Decreto, será de cuatro mil cuatrocientos diez pesos ($4.410.00) pagaderos por la entidad correspondiente. No se tendrá derecho a este Subsidio durante el tiempo que el empleado disfrute de vacaciones o se encuentre en uso de licencia, o se halle suspendido en el ejercicio del cargo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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