Actos de la Junta Directiva. Las decisiones de la Junta Directiva se denominarán Acuerdos, los cuales deberán ser suscritos por el presidente y secretario de la misma.
De las reuniones de la Junta Directiva se levantarán actas que serán firmadas por el presidente y secretario de la misma.
Los acuerdos y actas se numerarán sucesivamente con la indicación del día, mes y año en que se expidan y estarán bajo la custodia del secretario de la Junta.