°. Las comisiones de garantía sobre los saldos de los valores amparados por el FAG serán de uno (1) por ciento anual anticipado en los créditos de pequeños productores, de dos (2) por ciento anual anticipado en los de mediano y de dos y medio (2.5) por ciento anual anticipado en los de grandes. Para el caso de los proyectos colectivos, la comisión se establecerá a prorrata de acuerdo con la participación patrimonial de los diferentes tipos de productores.
Decreto 1203 de 2000 →In force
Article 6
Las Comisiones De Garantía Sobre Los Saldos De Los Valores Amparados Por El Fag Serán De Uno (1) Por Ciento Anual Anticipado En Los Créditos De Pequeños Productores, De Dos (2) Por Ciento Anual Anticipado En Los De Mediano Y De Dos Y Medio (2
Decreto 1203 de 2000 · por el cual se reglamenta el artículo 41 del Decreto número 955 del 26 de mayo de 2000.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.