º Para efectos de lo establecido en el artículo 677 del Decreto-ley 0050 de 1987, los procesos de conocimiento de los Jueces Superiores y de Circuito que a la fecha del 1º de julio de 1987 se encuentren con auto de cierre de investigación ejecutoriado, o en los que haya recaído calificación cualquiera que haya sido la decisión adoptada, continuarán tramitándose hasta su terminación en aquellos despachos.
Article 1
Para Efectos De Lo Establecido En El Artículo 677 Del Decreto-Ley 0050 De 1987, Los Procesos De Conocimiento De Los Jueces Superiores Y De Circuito Que A La Fecha Del 1º De Julio De 1987 Se Encuentren Con Auto De Cierre De Investigación Ejecutoriado, O En Los Que Haya Recaído Calificación Cualquiera Que Haya Sido La Decisión Adoptada, Continuarán Tramitándose Hasta Su Terminación En Aquellos Despachos
Decreto 1200 de 1987 · Por el cual se reglamentan disposiciones del Decreto-ley 0050 de 1987 (Código de Procedimiento Penal)
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.