El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional podrá abstenerse de adelantar los trámites de cualquier operación presupuestal de las entidades de que trata el artículo 5° del presente decreto que incumplan los objetivos y metas trazados en el Marco Fiscal de Mediano Plazo, en el Plan Financiero, en la Programación Macroeconómica del Gobierno Nacional y en el Programa Anual de Caja. El Departamento Nacional de Planeación podrá abstenerse de adelantar el trámite de conceptos requeridos para las operaciones presupuestales a que hace referencia el inciso anterior, siempre que las entidades correspondientes incumplan con las obligaciones establecidas en el artículo 9º de la Ley 1151 de 2007 que impidan dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 77 de la Ley 38 de 1989 modificado por el artículo 40 de la Ley 179 de 1994.
Article 24
El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público - Dirección General Del Presupuesto Público Nacional Podrá Abstenerse De Adelantar Los Trámites De Cualquier Operación Presupuestal De Las Entidades De Que Trata El Artículo 5° Del Presente Decreto Que Incumplan Los Objetivos Y Metas Trazados En El Marco Fiscal De Mediano Plazo, En El Plan Financiero, En La Programación Macroeconómica Del Gobierno Nacional Y En El Programa Anual De Caja
Decreto 4803 de 2010 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2011, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
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