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Article 17

Instituciones Autorizadas Para Realizar La Capacitación En Seguridad En Las Labores Mineras Subterráneas

Decreto 1886 de 2015 · por el cual se establece el Reglamento de Seguridad en las Labores Mineras Subterráneas.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Instituciones autorizadas para realizar la capacitación en seguridad en las labores mineras subterráneas. Las instituciones interesadas en impartir programas de capacitación, entrenamiento y actualización en seguridad y salud en el trabajo en labores de minería, previo al inicio de los mismos, deben solicitar ante la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo, del Ministerio del Trabajo, el registro respectivo, acreditando suficiencia técnica, jurídica y demás requisitos que se establezcan.

Parágrafo

Los diferentes programas de capacitación en seguridad y salud en el trabajo en las labores mineras de que trata este artículo podrán realizarse por el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), los empleadores o explotadores mineros, utilizando la figura de las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresas (UVAE), las instituciones técnicas,· tecnológicas y universitarias, debidamente aprobadas por el Ministerio de Educación Nacional, que tengan dentro de sus programas de formación el de minería y/o seguridad y salud en el trabajo con énfasis en el sector de la minería, las instituciones de formación para el trabajo y desarrollo humano y las Cajas de Compensación Familiar (CCF).

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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