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Article 44

Investigación Propia

Decreto 481 de 2025 · por el cual se reconoce y establece el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) de los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, como Política Pública de Estado y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Investigación Propia . Es una prerrogativa especial de la autonomía de los pueblos indígenas, ya que son los caminos, procesos de indagar, soñar, profundizar, intuir, crear, analizar, vivenciar, sentir y encontrar aquellas prácticas, saberes y conocimientos en relación a la vida, la historia y memoria de los pueblos, para fortalecer los procesos educativos indígenas propios. Los procesos de investigación propia o como lo denomine cada pueblo se constituyen en la base dinamizadora de los procesos educativos indígenas propios para el rescate, la retroalimentación, construcción y producción de saberes y conocimientos integrales que garantizan la pervivencia y permanencia de los pueblos.

Parágrafo

Cualquier persona, organización, institución o entidad de carácter público o privado para adelantar procesos y/o proyectos de investigación en los territorios indígenas o su ámbito territorial, deben contar con el aval de las autoridades y/o comunidades indígenas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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