A la demanda de apertura del proceso de sucesión, deberá agregarse copia sellada por la Administración de Impuestos Nacionales, de la última declaración de renta del causante, y copia sellada por la misma dependencia de la declaración de los bienes relictos. Si no pudieren acompañarse, serán pedidos por el Juez a esa administración, de oficio o a petición de parte. Mientas estos documentos no obraren en el expediente, no se podrá demandar la partición válidamente, ni ésta será decretada por el Juez.
Decreto 2143 de 1974 →In force
Article 11
A La Demanda De Apertura Del Proceso De Sucesión, Deberá Agregarse Copia Sellada Por La Administración De Impuestos Nacionales, De La Última Declaración De Renta Del Causante, Y Copia Sellada Por La Misma Dependencia De La Declaración De Los Bienes Relictos
Decreto 2143 de 1974 · Por el cual se sustituyen los impuestos sobre la masa global hereditaria, asignaciones y donaciones
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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