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Article 2.9.2.1.2.6

Del Contenido De La Orden

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Del contenido de la orden. La orden de medida de atención emitida por la autoridad competente, dirigida a la entidad territorial deberá contener

1.

Nombres y apellidos completos de la mujer y sus hijos e hijas.

2.

Tipo y número de documento de identificación.

3.

Nombre de la EPS a la que se encuentren afiliados.

4.

Resultado de la valoración de la situación especial de riesgo cuando se trate de una medida de protección provisional y definitiva.

5.

Remisión para la valoración médica física y mental en caso de que no se hubiere realizado.

6.

Orden dirigida a la entidad territorial para que suministre al menos una de las modalidades de atención mientras la mujer decide, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, sobre la modalidad por la que opta definitivamente.

7.

Plazo durante el cual se concede la medida.

8.

Orden dirigida a la entidad territorial mediante la cual solicita reporte mensual de cumplimiento de la prestación de las medidas de atención.

9.

Orden de seguimiento y reporte mensual sobre la garantía y cumplimiento del tratamiento médico en salud física y mental, dirigida a la EPS, a la IPS y a la mujer victima.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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