°. El pago del subsidio familiar de que trata este decreto se hará mediante resoluciones motivadas, expedidas por los ministerios y departamentos administrativos, las cuales requirieran para su validez la dirección de la dirección nacional de presupuesto. 2. Los giros para tales pagos se harán por conducto la pagaduría de las respectivas entidades, autorizando anticipos a favor de los diferentes pagadores del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Article 3
El Pago Del Subsidio Familiar De Que Trata Este Decreto Se Hará Mediante Resoluciones Motivadas, Expedidas Por Los Ministerios Y Departamentos Administrativos, Las Cuales Requirieran Para Su Validez La Dirección De La Dirección Nacional De Presupuesto
Decreto 1091 de 1968 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 717 (mayo 13) de 1968, que dispuso el pago del subsidio familiar a los empleados civiles y trabajadores oficiales de la Nación
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