Los contratos que celebre el Ingeniero Administrador necesitarán para su validez de la aprobación del Ministro de Obras Públicas, si- su valor fuere menor de mil pesos ($ 1,000); de la aprobación del Poder Ejecutivo, si fueren de mil pesos o más, y del concepto favorable del Consejo de Ministros, si su valor excediere de tres mil pesos ($ 3,000), y serán luego elevados a escritura pública.
Article 12
Los Contratos Que Celebre El Ingeniero Administrador Necesitarán Para Su Validez De La Aprobación Del Ministro De Obras Públicas, Si- Su Valor Fuere Menor De Mil Pesos ($ 1,000); De La Aprobación Del Poder Ejecutivo, Si Fueren De Mil Pesos O Más, Y Del Concepto Favorable Del Consejo De Ministros, Si Su Valor Excediere De Tres Mil Pesos ($ 3,000), Y Serán Luego Elevados A Escritura Pública
Decreto 262 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 115 de 1986, que provee a la reconstrucción de la ciudad de Túquerres, y se auxilian los damnificados por los siniestros sísmicos en el Departamento de Nariño
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