° La revisión de la cedula de ciudadanía y la formación de los nuevos censos electorales deberán iniciarse, a más tardar, el 1° de Agosto del año en curso, y terminará el plazo útil para tales fines el 31 de marzo de 1951. La Registraduría Nacional del Estado Civil tomará, dentro de sus atribuciones ordinarias y las especiales que le confiere este Decreto, todas las medidas necesarias para que a la mayor brevedad puedan iniciarse las labores de revisión de cédulas y formación de censos, de manera que garanticen un servicio eficaz a la ciudadanía.
Decreto 2046 de 1950 →In force
Article 3
La Revisión De La Cedula De Ciudadanía Y La Formación De Los Nuevos Censos Electorales Deberán Iniciarse, A Más Tardar, El 1° De Agosto Del Año En Curso, Y Terminará El Plazo Útil Para Tales Fines El 31 De Marzo De 1951
Decreto 2046 de 1950 · por el cual se señala nueva fecha para las elecciones de Senadores, Representantes, Diputados y Concejales, y se dictan disposiciones para garantizar la Pureza del sufragio.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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