º Los jefes de las oficinas consulares deberán enviar mensualmente a la División de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, debidamente relacionados, los comprobantes de los cobros efectuados durante el respectivo periodo con base en el ordinal 1º del artículo 4º de la Ley 2 a de 1936. Dichos comprobantes deberán contener al menos fecha y hora de solicitud y entrega del documento, hecho, a que se refiere la certificación nombre, firma y documento de identidad de la persona que haya efectuado el paso y nombre y firma del funcionario recibió el pago.
Decreto 3187 de 1983 →In force
Article 3
Los Jefes De Las Oficinas Consulares Deberán Enviar Mensualmente A La División De Asuntos Consulares Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Debidamente Relacionados, Los Comprobantes De Los Cobros Efectuados Durante El Respectivo Periodo Con Base En El Ordinal 1º Del Artículo 4º De La Ley 2 A De 1936
Decreto 3187 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 2ª de 1936 y dictan otras disposicioes.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.