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Article 2.3.2.5.1

Tramites

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Tramites. Toda persona natural o jurídica que adelante trámites ante la autoridad aeronáutica, deberá remitir al Comando de la Brigada de la jurisdicción donde se encuentre ubicado el predio o su domicilio según se trate, copia de la solicitud realizada a la Aeronáutica Civil que contenga los siguientes documentos:

1.

Copia de la cédula de ciudadanía de quien suscriba la solicitud.

2.

Copia de la escritura de constitución de la persona jurídica o copia del certificado de la Cámara de Comercio, tratándose de una sociedad comercial.

3.

Copia del Certificado de Vecindad expedido por la autoridad de policía del domicilio de la persona natural o jurídica.

4.

Copia del permiso anterior de operación de aeródromos o pistas, o de funcionamiento de empresas de servicios aéreos o comerciales, escuelas, aeroclubes, talleres aeronáuticos expedidos por la Aeronáutica Civil, cuando se trate de su renovación”.

(Decreto 0310 artículo 1° modificado por el Decreto 0703 de 2008)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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