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Article 2

Ley 22 de 1988 · Por la cual se honra la memoria del escritor, poeta y político Darío Samper Bernal y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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El Gobierno Nacional en desarrollo a lo dispuesto en los ordinales 11 y 17 del artículo 76 de la Constitución Nacional, queda autorizado para proceder a contratar:

a)

Elaboración y fundición de un busto de bronce del insigne hombre público, que deberá ser colocado en uno de los parques de la ciudad de Guateque (Boyacá) su tierra natal.

Parágrafo

El busto llevará la siguiente inscripción: "El Congreso de Colombia a Darío Samper Bernal 1909 - 1984".

b)

El Ministerio de Obras Públicas contratará con la entidad correspondiente la construcción de un mausoleo en el Cementerio Central de la ciudad de Bogotá, D.E., donde reposarán las cenizas del distinguido hombre público;

c)

El Ministerio de Educación, ordenará un retrato al óleo de Darío Samper Bernal, para ser colocado en la sede de la casa José Asunción Silva de la ciudad de Bogotá, D.E.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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