JurídicoESEN

Article 5

Decreto 2483 de 1944 · Por el cual se suspenden y modifican unas medidas de orden público

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo quinto. Desde la vigencia de este Decreto, y mientras dure el estado de sitio, la radiodifusión comercial estará sometida a la reglamentación anterior a la turbación del orden público, con las siguientes limitaciones

a)

Todos los programas hablados, incluyendo la propaganda comercial, deben ser escritos, y sólo podrán transmitirse con la previa aprobación de las autoridades políticas designadas al efecto en el respectivo lugar, y en Bogotá, de la Oficina de información del Ministerio de Gobierno;

b)

La censura a los programas radiodifundidos, sólo podrá aplicarse a noticias extranjeras que afecten la seguridad exterior o interior del país; a noticias o comentarios políticos destinados a provocar perturbaciones en el orden público; a noticias o versiones notoriamente falsas o injuriosas para alguna persona; a todas las informaciones y comentarios sobre cuestiones militares que no hayan sido expedidas en boletines oficiales; a las noticias o comentarios sobre cuerpos armados que se hagan con el propósito .de mermar su prestigio y el respeto que les debe el público; y, en general, a las informaciones y comentarios que puedan provocar alarma y crear, desórdenes

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2483 de 1944