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Article 3

Asignación Porcentual Por Clase Y Subclase De Entidad Vigilada

Decreto 1603 de 2017 · por el cual se establecen para el año 2017 los costos de la supervisión y control, realizados por la Superintendencia Nacional de Salud a las entidades vigiladas, con excepción de las que legalmente se encuentran exentas de asumir tal obligación, a efectos de determinar el cálculo y fijar la tarifa de la tasa que deben cancelar.

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°. Asignación porcentual por clase y subclase de entidad vigilada. Conforme con lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 2.5.5.2.2 del Decreto número 780 de 2016, la asignación porcentual para cada clase y subclase de entidad vigilada, será así: Clase de vigilado Subclase de vigilado Porcentaje participación Costos (%) Valor de los costos por Subclase ($) Recaudadores de recursos EPS del Régimen Contributivo 30,1836 8.920.956.427 EPS del Régimen Subsidiado 17,6009 5.202.067.395 Entidades Adaptadas al Sistema 0,9015 266.435.921 Regímenes de Excepción 2,1051 622.181.321 Régimen Especial 1,0706 316.416.161 Departamentos 5,0808 1.501.659.020 Cajas de Compensación Familiar (CCF) (que no administran régimen subsidiado) Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) 0,4800 2,3725 141.853.560 701.196.186 Compañías de seguros 0,3444 101.796.328 Generadores de recursos Concesionarios de apuestas permanentes 0,9400 277.828.461 Operadores de juegos 1,1725 346.551.388 Coljuegos 0,8045 237.770.860 Fondo Cuenta de Productos Extranjeros 0,1281 37.851.982 Productores nacionales de cerveza 0,2860 84.523.977 Productores privados de licores, vinos, aperitivos y similares 1,4250 421.154.715 Concesionarios de licores 0,4861 143.691.050 Licoreras departamentales 1,1129 328.911.248 Prestadores de servicios IPS privadas 8,3153 2.457.640.595 ESE y hospitales públicos 6,0209 1.779.509.183 Empresas de medicina y ambulancia prepagada 6,4823 1.915.873.337 Total de aportantes tasa 87,3130 25.805.869.115 Exentos (artículo 2.5.5.2.23 Decreto número 780 de 2016 – Aporte de la Nación) 12,6870 3.749.777.673 Total de aportantes tasas y no aportantes 100 29.555.646.788

Parágrafo

La liquidación de los costos a cargo de los aportantes de la tasa deberá tener en cuenta lo previsto en el

Parágrafo

del artículo 2.5.5.2.8 del Decreto número 780 de 2016.

02

Constitutional history

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