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Article 16

Infraestructura Para La Movilidad Urbana Sostenible

Ley 2486 de 2025 · por medio de la cual se regula la circulación y se promueve el uso de vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana, como alternativas de movilidad sostenible.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los municipios: y distritos, en el marco de su autonomía, priorizarán en sus instrumentos de planificación, la construcción, adecuación y mantenimiento de infraestructura para medios de transporte no motorizados, como por ejemplo:

Ciclo-infraestructura conectada, segura y accesible.

Redes de señalización vial para los usuarios de vehículos livianos y peatones.

Zonas de parqueo en puntos estratégicos.

Intermodalidad con el transporte público.

La planificación e implementación de estas infraestructuras deberá contemplar la participación ciudadana y garantizar la accesibilidad universa, priorizando a poblaciones vulnerables y promoviendo la equidad en el acceso al espacio público.

Parágrafo

La planificación e implementación de estas infraestructuras deberá estar en concordancia con el Marco Fiscal de Mediano Plazo, con el fin de asegurar la viabilidad financiera de las inversiones propuestas y su alineación con los objetivos de sostenibilidad fiscal y desarrollo territorial.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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