Articulo 5º Para atender a los gastos del trayecto mencionado en lo que exceda de la suma arriba expresada, se destinan los productos del impuesto de peaje allí establecido, que continuará cobrándose por cuenta de la Nación, y los fondos que en cuotas mensuales asignará el Ministerio de Obras Públicas de acuerdo con las partidas del presupuesto vigente. Comuníquese y publíquese.
Article 5
Para Atender A Los Gastos Del Trayecto Mencionado En Lo Que Exceda De La Suma Arriba Expresada, Se Destinan Los Productos Del Impuesto De Peaje Allí Establecido, Que Continuará Cobrándose Por Cuenta De La Nación, Y Los Fondos Que En Cuotas Mensuales Asignará El Ministerio De Obras Públicas De Acuerdo Con Las Partidas Del Presupuesto Vigente
Decreto 292 de 1922 · Por el cual se reorganizan los trabajos de la carretera del Sur, en la sección de Bogotá a Sibaté
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