JurídicoESEN

Article 1

A La Muerte De Un Oficial O Suboficial De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional En Goce De Asignación De Retiro, Pensión Militar O Policial, Sus Beneficiarios En El Orden Y Proporción Establecidos En Los Decretos 2337 Y 2338 De 1971, Tendrán Derecho A Una Pensión Mensual Pagadera Por El Tesoro Público O Por Las Cajas De Retiro De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional Respectivamente, Equivalente A La Totalidad De La Presentación Que Venía Devengando El Causante

Decreto 1305 de 1975 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre prestaciones sociales del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, Agentes, Soldados, Grumetes y Personal Civil del Ministerio de Defensa y Servidores de las entidades adscritas o vinculadas a éste

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º A la muerte de un Oficial o Suboficial de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional en goce de asignación de retiro, pensión militar o policial, sus beneficiarios en el orden y proporción establecidos en los Decretos 2337 y 2338 de 1971, tendrán derecho a una pensión mensual pagadera por el tesoro público o por las Cajas de Retiro de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional respectivamente, equivalente a la totalidad de la presentación que venía devengando el causante.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1305 de 1975