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Article 1

A Partir De La Fecha Del Presente Decreto Y Mientras Subsista El Actual Estado De Sitio, Dictada Una Sentencia Condenatoria Do Primera Instancia Por Los Delitos De Secuestro, Extorsión Y Demás Delitos Conexos A Éstos De Que Conoce La Justicia Penal Militar En Virtud De Lo Determinado Por El Decreto Legislativo Número 254 De 1971, El Juez Que La Hubiere Proferido Ordenará Que Se Envíe Copia De La Misma Al Ministerio De Justicia Para Que Éste Remita El Procesado A La Isla Prisión Gorgona En Donde Comenzará A Cumplir La Pena Impuesta

Decreto 133 de 1973 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con la conservación del orden público y se restablecimiento

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01

Text of the article

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° A partir de la fecha del presente Decreto y mientras subsista el actual estado de sitio, dictada una sentencia condenatoria do primera instancia por los delitos de secuestro, extorsión y demás delitos conexos a éstos de que conoce la Justicia Penal Militar en virtud de lo determinado por el Decreto legislativo número 254 de 1971, el Juez que la hubiere proferido ordenará que se envíe copia de la misma al Ministerio de Justicia para que éste remita el procesado a la isla prisión Gorgona en donde comenzará a cumplir la pena impuesta.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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