ARTICULO 313. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE EMBARQUE Y DECLARACIÓN CORRESPONDIENTE. < La solicitud de autorización de embarque y la declaración correspondiente, se tramitarán en la forma prevista en este decreto para la exportación definitiva, con embarque único y datos definitivos. Los intermediarios de tráfico postal y envíos urgentes, presentarán a través de los servicios informáticos electrónicos la información del manifiesto expreso individualizando cada uno de los documentos de transporte. Dicha información deberá consolidarse con la presentación de la solicitud de autorización de embarque, en los términos y condiciones que establezca la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. La solicitud correspondiente, suscrita por el representante legal del intermediario, debe ser presentada en la jurisdicción aduanera por donde se efectuará la salida de las mercancías. Los envíos de correspondencia y los envíos que salen del territorio nacional por la red oficial de correos se exceptúan de la obligación de presentar solicitud de autorización de embarque y declaración correspondiente, y podrán ser embarcados con la sola presentación del manifiesto expreso.
Decreto 2685 de 1999 →In force
Article 313
Solicitud De Autorización De Embarque Y Declaración Correspondiente
Decreto 2685 de 1999 · por el cual se modifica la Legislación Aduanera
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
amended (verif_articulado: el artículo 313 del decreto 2685 de 1999, el cual quedará así) by decreto 1530/08 amended by decreto 1530/08
02
Constitutional history
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