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Article 2.2.1.2.1.3.15

Requisitos Y Obligaciones De Los Proponentes

Decreto 1082 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional”

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Requisitos y obligaciones de los proponentes. Los proponentes podrán ser personas naturales o jurídicas, uniones temporales o consorcios. Cuando sean personas naturales nacionales o extranjeros, deberán ser arquitectos debidamente matriculados para ejercer la profesión en el país, y si son personas jurídicas, además del requisito para personas naturales que intervienen en el trabajo objeto del concurso y relacionado con el tema de la arquitectura, deberá la empresa tener dentro de sus estatutos el ejercicio de la labor que se solicita en el proceso de selección y tener dentro de su nómina de personal a arquitectos que cumplan con dicha función.

Las siguientes son las obligaciones de los proponentes:

1.

Adquirir las bases del concurso, y presentar su propuesta respetando los lineamientos expuestos en las mismas.

2.

Cumplir con los requerimientos de fecha, hora, lugar y forma de presentación de la propuesta.

3.

Hacer las modificaciones que le sean recomendadas por el jurado calificador cuando el proceso de selección sea a dos rondas y al final del proceso para el que ocupó el primer puesto o el segundo y tercero, en el evento en que el primero no firme el contrato de consultoría en concordancia con el numeral 11 del artículo 2.2.1.2.1.3.11 del presente decreto.

4.

Acatar el concepto y las observaciones del jurado calificador.

(Decreto 2326 de 1995, artículo 8°)

02

Constitutional history

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