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Article 1

Ley 51 de 1887 · por la cual se aprueba un contrato

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Text of the article

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Artículo único. Apruébase el contrato preinserto, con las siguientes modificaciones:

Los Artículos 6°, 7° y 11 así:

Art. 6º Los materiales, herramientas, maquinas, enseres, &a., que se introduzcan para la construcción del camino de hierro, estarán exentos de todo derecho de importación, tonelaje, peaje, o cualesquiera otros impuestos que existan en el país, durante el término de la concesión.

Art. 7°. El Gobierno concede a los empresarios cien mil hectáreas de tierras baldías, a título gratuito, en lotes alternados y dentro del territorio del Departamento del Magdalena, que les serán adjudicadas conforme a las leyes y como adición al subsidio decretado por la Ley 53 de 17 de Junio de 1881.

La adjudicación de las tierras baldías se hará por decimas partes, a medida que se vayan poniendo en servicio iguales porciones del Ferrocarril.

Art. 11. La empresa tendrá su domicilio en Londres; pero estará obligada a constituir un representante con residencia en Santa Marta; y las cuestiones que se susciten sobre la inteligencia y cumplimiento de este contrato, serán decididas por los Tribunales de la Republica.

Impruébanse los Artículos 8ºy 9°

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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