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Article 58

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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ARTICULO 58 . División de Doctrina . Conforme a las políticas e instrucciones del Subdirector Jurídico, son funciones de la División de Doctrina Tributaria, las siguientes

a)

Determinar y mantener la unidad doctrinal en la interpretación de normas tributarias nacionales y territoriales, y en materia aduanera o de comercio exterior, en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y de las normas sobre control de cambio por importación y exportación de bienes y servicios;

b)

Absolver en forma general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales y territoriales, y en materia aduanera o de comercio exterior, en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y en materia de control de cambio por importación y exportación de bienes y servicios; y

c)

Las demás que le asigne el Subdirector Jurídico.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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