°. Las escalas establecidas en el presente decreto se aplicarán a las entidades a que se refiere el artículo 1° del presente decreto, una vez se hayan efectuado las equivalencias en la nómina y los ajustes en la respectiva planta de personal del Sector Defensa. Hasta tanto no se efectúen los anteriores ajustes, los salarios de los empleados civiles no uniformados del Sector Defensa, se incrementarán de conformidad con los porcentajes de la siguiente tabla: Remuneración año 2007 Incremento % Hasta 433.746 6,41 Desde 433.747 Hasta 436.048 6,20 Desde 436.049 en adelante 5,69
Article 3
Las Escalas Establecidas En El Presente Decreto Se Aplicarán A Las Entidades A Que Se Refiere El Artículo 1° Del Presente Decreto, Una Vez Se Hayan Efectuado Las Equivalencias En La Nómina Y Los Ajustes En La Respectiva Planta De Personal Del Sector Defensa
Decreto 674 de 2008 · por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos públicos de los empleados civiles no uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, de sus entidades descentralizadas, adscritas y vinculadas, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.