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Article 2.11.6.4

El Rol Del Administrador Del Fondo De Estabilización De Precios Del Café Como Certificador De La Producción Y Del Productor

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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El rol del administrador del Fondo de Estabilización de Precios del Café como certificador de la producción y del productor. La Federación Nacional de Cafeteros deberá certificar que el productor se encuentra registrado en el Sistema de Información Cafetera (SICA) y que la cantidad de café por la cual cada productor pretenda recibir los beneficios de los mecanismos de estabilización es acorde con la metodología de estimación de los volúmenes máximos que pueden ser objeto de estabilización fijados por el Comité Nacional de Cafeteros, como Comité Directivo del Fondo de Estabilización de Precios del Café.

En todo caso la metodología acordada tendrá como propósito determinar la cantidad máxima de café que será objeto de estabilización y no estimar la producción real de café de cada productor.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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