JurídicoESEN

Article 14

Decreto 3740 de 2008 · por el cual se definen los criterios para la distribución de los excedentes de la Subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito - ECAT, del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA de que trata el artículo 43 de la Ley 1122 de 2007 y parcialmente el artículo 45 de la Ley 1151 de 2007 y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Coordinación del proceso. El Ministerio, de la Protección Social será el responsable de implementar el proceso de distribución y giro de los recursos de que trata el presente decreto, para el efecto deberá

a)

Definir la metodología de revisión y conciliación de las deudas;

b)

Establecer la metodología de ajuste de las obligaciones a la tarifa mínima en los términos previstos en el presente decreto;

c)

Establecer las fechas y características de los soportes que deben ser presentados por las entidades territoriales para optar a la distribución de recursos de que trata el presente decreto, y el trámite para el giro de los mismos;

d)

Establecer la viabilidad financiera de las IPS, que permitan la priorización en la asignación de los recursos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 3740 de 2008