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Article 5

º

Decreto 1293 de 1994 · por el cual se establece el régimen de transición de los senadores, representantes, empleados del Congreso de la República y del Fondo de Previsión Social del Congreso y se dictan normas sobre prestaciones sociales y económicas de tales servidores públicos

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Text of the article

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º . Pensión de Invalidez. Para los senadores y representantes que cumplan con alguno de los requisitos previstos en el artículo segundo de este decreto, la invalidez que determine la pérdida de su capacidad laboral no inferior a un 75% les da derecho a una pensión de invalidez equivalente a un porcentaje de ingreso mensual promedio que por todo concepto devenguen los congresistas en ejercicio, el cual se determinará en proporción al grado de incapacidad y que en ningún caso podrá ser inferior al 75% de dicho ingreso mensual promedio, de conformidad con lo establecido en los artículos 5º y 6º del decreto 1359 de 1993.

Parágrafo

Para los efectos de la determinación del grado de incapacidad, porcentaje de la pensión, calificación de la invalidez, revisión médica y reconocimiento y pago de la misma, se aplicarán las disposiciones contenidas en los artículos 10, 11, 12, 13, y 14, del Decreto 1359 de 1993. CAPITULO II. Disposiciones sobre prestaciones sociales y económicas

02

Constitutional history

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