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Article 15

Devolución De Saldos E Indemnización Sustitutiva

Ley 776 de 2002 · por la cual se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Cuando un afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales se invalide o muera como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, además de la pensión de invalidez o de sobrevivientes que deberá, reconocerse de conformidad con la presente ley, se entregará al afiliado o a los beneficiarios:

a)

Si se encuentra afiliado al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, la totalidad del saldo de su cuenta individual de ahorro pensional;

b)

Si se encuentra afiliado el Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida la indemnización sustitutiva prevista en el artículo 37 de la Ley 100 de 1993 .

Parágrafo

Para efectos del saldo de la cuenta de ahorro individual, los bonos pensionales, en desarrollodel artículo 139, numeral 5, de la Ley 100 de 1993 , se redimirán anticipadamente a la fecha de la declaratoria de la invalidez o de la muerte de origen profesional.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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