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Article 23

Cuando Los Licores Extranjeros Que Hayan Pagado Impuesto De Consumo En Un Departamento Quisieren Llevarse A Otro, Se Dará Una Guía Al Exportador Y Se Devolverá El Valor De Los Derechos Pagados, Previa La Presentación De Una Tornaguía En La Que Debe Constar Que Los Licores Llegaron A Su Destino, Con Certificado Del Administrador De La Renta Del Lugar Adonde Iban Dirigidos De Que Se Pagaron Los Derechos Correspondientes En El Departamento Para Donde Se Despacharon

Decreto 2266 de 1928 · Por el cual se reglamentan las leyes 88 de 1923 y 88 del presente año

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01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Cuando los licores extranjeros que hayan pagado impuesto de consumo en un Departamento quisieren llevarse a otro, se dará una guía al exportador y se devolverá el valor de los derechos pagados, previa la presentación de una tornaguía en la que debe constar que los licores llegaron a su destino, con certificado del Administrador de la renta del lugar adonde iban dirigidos de que se pagaron los derechos correspondientes en el Departamento para donde se despacharon.

Parágrafo

El derecho para reclamar la devolución de los impuestos pagados, terminará cuatro meses después de la expedición de la guía. Cervezas extranjeras.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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