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Article 5

Ley 22 de 1896 · sobre auxilio y fomento de acueductos públicos

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Cédanse á favor de los acueductos públicos de Altamira, Garzón, Elías, Pital y Madrid doce mil quinientos metros de tubos de hierro para sus acueductos, que la Empresa de la Ferería de La Pradera entregara, al pie de fabrios, á los representantes legales de dichos Municipios, á cuenta de pago de hierro manufacturado que dicha Empresa lo alen la al Gobierno en virtud del contrato de veintidós de Agosto de mil ochocientos ochenta y uno, y de los que posteriormente lo adicionan y reforman.

Los doce mil quinientos metros de tubos de hierro se distribuyen así: para Garzón, mil quinientos; para Altamira, seis mil; para Elías, dos mil; para Pital, quinientos, y para Madrid dos mil quinientos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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